Marco legal y normativo de la Inteligencia Artificial en Europa
¿Qué es el Reglamento de Inteligencia Artificial (RIA)?
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Reglamento (UE) 2024/1689 es la norma fundamental del enfoque europeo sobre IA.
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Define reglas armonizadas para proteger la salud, los derechos fundamentales y promover una IA confiable.
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Entrada en vigor en fases (2025 a 2027, Art. 113 RIA).
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Se complementa con el RGPD (2016/679), LOPDGDD, Ley 15/2022 y otras normativas nacionales.
Enlace: Reglamento AI Act 2024/1689
¿A quién se aplica?
Según el Art. 2 del RIA, el reglamento se aplica a:
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Proveedores, usuarios, importadores y distribuidores de IA dentro y fuera de la UE.
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Personas y entidades que despliegan IA en la UE, salvo usos personales no profesionales.
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Representantes autorizados para empresas no establecidas en la UE.
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Cualquier sistema que afecte a personas dentro del territorio europeo.
Clasificación del riesgo
Según el Art. 5 y Art. 6 del RIA, se establecen 4 niveles:
Riesgo | Ejemplos | Obligaciones |
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Prohibido | Scoring social, predicción delictiva, reconocimiento facial masivo | Prohibidos por ley |
Alto | Empleo, justicia, migración, servicios esenciales | Evaluación, documentación, supervisión humana (Art. 9-15) |
Limitado | Deepfakes, chatbots, IA generativa | Obligación de transparencia (Art. 50) |
Mínimo | Juegos, filtros de spam | Sin obligaciones legales |
Evaluación de impacto de derechos fundamentales
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Obligatoria en sistemas de alto riesgo (Art. 27 RIA).
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Debe incluir riesgos, población afectada, mecanismos de reclamación.
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Se complementa con la evaluación de impacto del RGPD (Art. 35 RIA).
Sanciones por incumplimiento
Art. 99 del RIA:
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Muy graves: hasta 35 M€ o 7% del volumen de negocio.
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Graves: hasta 15 M€ o 3%.
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Leves: hasta 500.000 €
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Se aplica un régimen más flexible a pymes y startups.